CuántoFacturo

Más modelos: factura intracomunitaria · fisioterapeuta · diseñador gráfico · traductor · clases particulares.

← Volver a CuántoFacturo

Factura de clases particulares: IVA exento, retención y modelo

Si das clases particulares como persona física sobre materias de los planes de estudios, no llevan IVA. Solo retienes IRPF si el cliente es una empresa o un profesional. Aquí tienes qué poner en la factura y un ejemplo.

Revisado por Kevin Suárez Estrela · 24 de septiembre de 2026

Cuándo están exentas de IVA

El artículo 20.Uno.10º de la Ley del IVA exime las clases «a título particular» que cumplen tres condiciones:

Las clases online en directo también pueden estar exentas. Las actividades de ocio que no forman parte de ningún plan de estudios tributan al 21 %.

¿Hay que hacer factura?

El Reglamento de facturación no obliga a emitir factura en las operaciones exentas por este artículo cuando el cliente es un particular, salvo que te la pida para un trámite fiscal. Si el cliente es una empresa o un profesional, la factura es obligatoria. Aunque no sea obligatoria, puedes emitirla: es la mejor prueba de tus ingresos.

Retención de IRPF

Qué poner en la factura

  1. Número y serie, y fecha.
  2. Tu nombre, NIF y domicilio.
  3. Nombre, NIF y domicilio del cliente.
  4. Descripción: por ejemplo, «8 horas de clases particulares de Matemáticas de 2.º de Bachillerato, septiembre 2026».
  5. Base imponible y total.
  6. La mención de la exención: «Operación exenta de IVA según el art. 20.Uno.10º de la Ley 37/1992».
  7. Retención de IRPF, si el cliente es empresa o profesional.

Ejemplo

8 horas a 20 € para una familia: base 160 €, IVA 0 € (exento), sin retención. Total a cobrar: 160 €.

Las mismas 8 horas para una academia, siendo tu segundo año de actividad: base 160 €, IVA 0 €, retención del 7 % (11,20 €). Total a cobrar: 148,80 €.

En CuántoFacturo pon el IVA al 0 %, añade la mención de la exención en las notas y marca la retención solo cuando el cliente sea una empresa o un profesional.

Preguntas frecuentes

¿Las clases particulares llevan IVA?

No, si las da una persona física, a título particular, sobre materias incluidas en los planes de estudios de cualquier nivel del sistema educativo. Es la exención del artículo 20.Uno.10º de la Ley del IVA.

¿Tengo que hacer factura a los padres de un alumno?

A un particular no es obligatorio en las operaciones exentas por el artículo 20.Uno.10º, salvo que te la pida para un trámite fiscal. A una empresa o profesional, siempre.

¿Qué retención de IRPF pongo?

Solo si el cliente es una empresa o un profesional: el 15 %, o el 7 % el año en que empiezas y los dos siguientes. A particulares no se aplica retención.

¿Y las clases de idiomas o de música?

La música está en los planes de estudios, así que puede estar exenta. Para idiomas se aplica el mismo criterio. Las actividades de ocio que no forman parte de ningún plan de estudios tributan al 21 %.

Fuentes

Ley 37/1992 del IVA, art. 20 · Reglamento de facturación (RD 1619/2012), arts. 3 y 6 · Consulta DGT V1529-17 · AEAT: tipos de retención 2026. Información general a 24 de septiembre de 2026; ante dudas sobre tu caso, consulta con tu asesor.

Crear mi factura · Verifactu para autónomos